Ya había comentado anteriormente, que el video como Red Social era a lo que se le tenía que dar impulso, Periscope vino a darle esa forma que se necesitaba, pero fué aún más allá con las transmisiones en vivo, antes del almacenamiento del video transmitido.
En los últimos meses se han viralizado o han tomado importancia las publicaciones realizadas por video del City Manager Arne aus den Ruthen y de la Delegada Xóchitl Gálvez por estar al pendiente de que se cumpla lo que dice el reglamento de la Delegación en donde gobiernan, lo cual ya hacía falta y celebro la reacción de las autoridades ante esto.
Lo que se ha llevado a discusión es el uso de la plataforma Periscope por la invasión a la privacidad inmediata que se realiza en el momento de llevar a cabo la tarea anteriormente mencionada. Recordemos que la Ley de Protección de Datos en Posesión de Particulares nos dice que dato personal es todo aquel que nos identifica y nos hace identificables, por lo tanto los video que publican tanto Arne aus den Ruthen, como la Delegada Xóchitl son un dato personal a tomar en cuenta.
Ahora, recalquemos que ellos son la autoridad, y que de algún modo ellos están utilizando el dato personal de las personas grabadas para fines de llevar a cabo un trabajo a los cuáles están obligados, tanto el ciudadano como la autoridad. Porque no vamos a negar que nosotros tenemos Derechos, pero también obligaciones, y esas se nos olvidan de repente.
Ya se ha comenzado a discutir el uso de la red social Periscope, como lo que aseveró la Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Perla Gómez, cuando dijo que «detectamos que hay un vacío en la normatividad que necesita ser actualizado.», pero que si lo analizamos detenidamente se está transparentando el actuar de la autoridad ante cualquier acto, y esto en tiempo real.
Ahora bien, lo que será la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, esto es, la Ley que regulará el tratamiento de Datos Personales de los que son Sujetos Obligados en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, preveerá que el INAI y los organismos garantes podrán imponer amonestaciones públicas o multas por la violación a la ley, equivalentes a la cantidad de 150 hasta 1,500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (10,956 pesos a 109,560 pesos con el valor actual de 73.04 pesos de la unidad), por lo que debe de preveer el uso de Periscope para saber de que manera se tiene que regular en el tratamiento de los datos, porque al ser grabados debemos de entender que nuestra privacidad estará siendo vulnerada de manera flagrante, lo cual sucede con el actual del City Manager y la Delegada.
Entendemos que las facultades del INAI y de los órganos garantes de todos los Estados se fortalecerán, en el Derecho y Garantía de salvaguardar los Datos Personales de la ciudadanía.
Ahora, volteando la tortilla, a nuestro favor como ciudadano se encuentran, en primer lugar el artículo 6 y 7 de nuestra Constitución, que nos permiten hacer uso de las Tecnologías de la Información para difundir ideas y cualquier actuar de la autoridad, sin ser sujetos de ningún tipo de discriminación o detención por parte de la autoridad, además la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció al respecto y declaro que es inconstitucional el delito “ultrajes a la autoridad”, estipulado en el artículo 287 del Código Penal del Distrito Federal, por lo que el ciudadano, puede referirse hacia el funcionario público de la manera que le plazca, grabarlo y exhibirlo sin miedo a recibir alguna reprimenda al respecto.
Xochitl Gálvez lo que ha hecho es poner en la palestra, un tema que dará mucho para discutir cuando sea la autoridad quien grabe al ciudadano y lo exhiba, aunque como digo, en el tema de transparencia es válido, solo le hace falta ser legal y plasmarlo en Ley.
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